TRIBUNAL DECLARA IMPROCEDENTE QUEJA DE CARO QUINTERO

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  • Había presentado el recurso por “actos prohibidos” en la Constitución

EL SINODAL DE TAMAULIPAS
Ciudad de México.- Un Tribunal Colegiado ha dictaminado que la queja presentada por Rafael Caro Quintero, quien actualmente se encuentra detenido en el penal del Altiplano, es infundada. La queja se originó después de que se rechazara una demanda de amparo que Caro Quintero había presentado contra acciones prohibidas por el artículo 22 de la Constitución.

En una sesión celebrada el 10 de agosto, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito confirmó la improcedencia de la queja y ordenó su archivo, señalando el asunto como definitivamente resuelto.

La trama comenzó en mayo, cuando el fundador del ya desaparecido Cártel de Guadalajara buscó protección legal en un Juzgado de Colima. Sin embargo, este tribunal se declaró incompetente debido a cuestiones de jurisdicción y remitió el caso a Patricia Marcela Diez Cerda, titular del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México. Diez Cerda rechazó de inmediato la demanda debido a su “notoria e indudable improcedencia”, destacando la falta de una firma electrónica en la solicitud.

El artículo 22 de la Constitución menciona específicamente que ciertas penas, como la muerte o la mutilación, están estrictamente prohibidas. La demanda de Caro Quintero hacía referencia a este artículo, aunque los detalles específicos de lo que alegaba como infracciones no se detallaron en la información proporcionada.

Es importante recordar que en julio del año pasado, Caro Quintero fue recapturado por la Secretaría de Marina y la Fiscalía General de la República en el municipio de Choix, Sinaloa. Esta detención se realizó con la intención de extraditarlo a los Estados Unidos, donde es requerido por el asesinato del agente de la DEA, Enrique Camarena.