Por Juan Sánchez Mendoza
Hace días se firmó un Acuerdo Nacional por el Derecho Humano al Agua y la Sustentabilidad, que contempla una inversión de 9 mil millones de pesos para la tecnificación de riego en 2025, tanto como acciones para garantizar este vital líquido como un bien nacional y un derecho para todas y todos los mexicanos.
Al respecto, reproduzco parte de un ensayo en el que tuve el privilegio de participar, intitulado ‘Obsolescencia de las leyes en materia del agua’, y que sirvió de base a una tesina.
Va: El acceso al agua potable limpia y su saneamiento, son esenciales para garantizar todos los derechos humanos, acorde a una disposición de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), por lo cual todos los países del mundo, sin importar sus sistemas gubernamentales y sin restricción alguna, deben procurarlos a sus habitantes.
Para ello, los organismos encargados del suministro de agua potable cuentan con recursos propios (presupuesto y el cobro del servicio), financiamientos para su operación por parte de organismos internacionales, federales y estatales. Además, hay acuerdos, leyes y reglamentos que regulan este ordenamiento.
La estadística mundial refiere que existen 844 millones de personas carentes de acceso a fuentes mejoradas de agua potable; y 2 mil 500 millones, no disponen de servicios mejorados; mientras 2 mil 200 millones más ni siquiera cuentan con el servicio.
A la preocupante situación, debemos agregar que otros millones de personas pobres (que viven en asentamientos precarios) ni siquiera son consideradas en las mediciones, que estiman una población territorial cercana a los 7 mil 730 millones.
En el plano global, las causas de incumplimiento al derecho humano de tener agua potable se sustentan en 1) la pobreza, 2) la desigualdad y 3) la disparidad en las relaciones de poder.
En México, la Constitución Política establece que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
Como también existen leyes de corte estatal y reglamentos municipales.
Sin embargo, por la falta de su cumplimiento, se violenta la legalidad o resulta obsoleta la legislación en la materia, según comentan especialistas. Y eso da pie al trabajo hoy presentado.
Pero igual se ven afectadas por los retos sociales y ambientales como son: la urbanización cada vez más rápida, el cambio climático, la creciente contaminación y la merma de recursos hídricos, que son precisamente las razones donde justifica la autoridad gubernamental su incumplimiento, como ha sido denunciado en foros y asambleas.
En nuestro país, existen entre 12.5 y 15 millones de personas que no cuentan con agua potable –más/menos un 10 por ciento de la población total–, “sobre todo, del área rural y zonas marginadas (aunque igual ocurre en las grandes urbes)”, aduce Manuel Perló Cohen –quien fuera director del Instituto de Investigaciones Sociales (IIS)–, quienes a consecuencia padecen problemas de salud y de higiene.
“De los que sí reciben el líquido –comenta–, casi el 30 por ciento no lo tienen en cantidad ni calidad suficiente”, plasma en uno de sus estudios. Y especifica: “El derecho al agua se encuentra en nuestra legislación, pero no se cumple”.
Esta apreciación, la convalida el Instituto Nacional de Geografía (Inegi) en un documento, donde revela que: ‘más de 44 millones de mexicanos no tienen en sus hogares dotación diaria de agua’ (considerando una población total cercana a 130 millones de habitantes).
Quizá por dos razones: 1) las fuentes de alimentación; e 2) incapacidad para el rebombeo y la potabilización del líquido.
En Tamaulipas igual existen ambos problemas, aunque cuenta con ríos, mar, presas y otros mantos freáticos para garantizar el abasto suficiente, pero ante la falta de trabajo gubernamental el servicio se ha deteriorado de tal forma que a la fecha miles de familias no tienen acceso al agua potable, pese a obligárseles cada mes a cubrir las tarifas impuestas sólo por recibir aire o el líquido sucio una hora al día, so pena de que le corten las líneas de acceso a las tomas.
Y aquí precisamente, es donde sustento la apreciación de que están violándose varias leyes en cuanto al suministro de agua potable y su saneamiento, como bien lo establecen los marcos jurídicos internacional, nacional, estatal y municipal.
La ONU reconoció explícitamente (el 28 de julio de 2010) el derecho humano al agua, como base fundamental de todos los otros derechos.
Y con la reforma constitucional a las garantías individuales (junio 10 de 2011) en México, se dio paso a la figura de los derechos humanos y enseguida el acceso al agua potable como un derecho fundamental, estableciendo como obligación que todas las autoridades los promovieran, respetaran, protegieran y garantizaran, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Pero no lo han hecho por los recovecos legales, y, por supuesto, obligando a reformar la legislación constitucional para hacerla más estricta en la procuración para dotar agua potable limpia y su saneamiento como un derecho humano.
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