QUITAN FACULTAD AL EJECUTIVO PARA DISPONER DE AHORROS POR AUSTERIDAD

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EL SINODAL DE TAMAULIPAS

Ciudad de México. Fue invalidada la norma que permitía al Presidente de la República decidir por decreto el destino de los fondos ahorrados mediante la Ley Federal de Austeridad Republicana. Por mayoría de nueve votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que la Constitución establece que definir el uso del presupuesto público es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados.

El pleno de ministros declaró inconstitucional el segundo párrafo del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el cual señalaba que dichos fondos serían asignados “al destino que por decreto determine el titular”.

Los ministros coincidieron en que esta disposición viola la Constitución, que en su artículo 74, fracción IV, ordena que la Cámara de Diputados será la única con facultades para determinar el destino de los recursos públicos. “Conforme a nuestro marco constitucional, es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar el Presupuesto de Egresos y autorizar –entre otras cosas– el destino y el monto del gasto público federal para cumplir, entre otros, con los objetivos constitucionales reflejados en el Programa Nacional de Desarrollo, cuya aprobación también le corresponde, en exclusiva”, señaló la ministra ponente, Norma Lucía Piña Hernández.

Cabe señalar que, según reportes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en 2019 se ahorraron por este concepto 71 mil 15.1 millones de pesos, y al año siguiente 3 mil 744.2 millones.

Con esta resolución, la SCJN concluyó el análisis de la acción de inconstitucionalidad 139/2019, promovida por senadores de oposición, durante la cual, en la víspera, también invalidó la prohibición para que los ex funcionarios pudieran contratarse con empresas privadas, por un plazo de hasta 10 años.