JUEZ ORDENA AL HOSPITAL GENERAL PROTEGER CON INSUMOS A SU PERSONAL

Nacional

Ciudad de México.- El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México ordenó a las autoridades del Hospital General de México «Dr. Eduardo Liceaga» proteger a personal de salud y proporcionarles insumos médicos de seguridad necesarios para atender a pacientes con posibles  síntomas de Covid-19.  Además fijó un plazo de 24 horas para que rindan un informe justificado sobre la aplicación de dichas medidas  ya que de no hacerlo pondrían en riesgo la salud, vida e integridad de los trabajadores.

El juez Segundo de Distrito en materia Administrativa, Germán Cruz Silva, concedió cuatro suspensiones de plano a Olga Salvador Cruz, Fabiola Guzmán Huerta, Elvia Zitia Manila Contreras y María Medina Romero, quienes solicitaron la protección de la justicia federal ante la emergencia sanitaria generada por el por el virus SARS-CoV2, a fin de  preservar su derecho a la salud e incluso su vida, pues  de acuerdo con el juez, es un hecho conocido y cierto que a la fecha han fallecido muchas personas a causa del contagio originado por el virus.

Los actos que reclaman las trabajadores, son entre otros, que debido a que el nosocomio fue declarado «Hospital Covid», y  atienden a pacientes “infectados” por dicho padecimiento,  el Hospital General de México no cuentan con personal suficiente para cubrir el servicio, y sumado a ello, con la contingencia se vio mayormente reducido, pues mencionaron que muchos de ellos pertenecen al sector vulnerable y tienen sobrecarga de trabajo, lo cual dijeron “es un peligro para la bioseguridad por negligencia en la administración de recursos humanos”.

Por ello el impartidor de justicia concedió las suspensiones de plano para que las autoridades responsables ordenen la inmediata y adecuada distribución de personal de enfermería en el servicio de Torre de Cardiología, Angiología y Neumología del Hospital «Dr. Eduardo Liceaga».

Agregó que en caso de no contar con personal médico que pueda distribuirse en el nosocomio anterior, deberán dictar las medidas necesarias para disponer de personal público o privado de otras instituciones que no atienden casos Covid-19, a efecto de garantizar la debida atención de los pacientes, y la salud y vida de las quejosas.

Además de que les otorguen material de trabajo idóneo para que pueda desempeñar debidamente sus funciones y evitar un posible contagio del virus Covid-19,  como guantes industriales, mascarilla autofiltrante FFP2 o FFP3 o protección ocular ajustada de montura integral o protector facial completo, guantes de nitrilo y bata de manga larga.

“Razonar en sentido contrario, se causarían daños de difícil o imposible reparación a la salud de la parte quejosa; además, se pondría en peligro su vida, e incluso a la colectividad; de ahí que deben tomarse todas las medidas pertinentes” señala el fallo del juez segundo de distrito en materia administrativa.

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