● Las sanciones económicas dependerán de la conducta infractora que oscilan de cinco a quinientas veces del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización
EL SINODAL DE TAMAULIPAS
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Multas que van desde 518 pesos hasta los 51 mil 870 pesos se podrán aplicar por los Ayuntamientos y los Organismos Operadores del Agua a personas que incurran en violaciones a la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas, las cuales están previstas en esta misma en sus artículos 191 y 192.
Raúl Quiroga Álvarez, director general de la CEAT, explicó que las sanciones económicas dependerán de la conducta infractora, misma que oscila de cinco a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Instalar conexiones clandestinas, ejecutar derivaciones de agua potable y conexiones al alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, causar desperfectos a un aparato medidor o violar los sellos del mismo, alterar el consumo marcado por los medidores, retirar un medidor sin estar autorizado, variar su colocación de manera transitoria o definitiva, son algunas de las acciones que son objeto de multas.
Así mismo el deteriorar cualquier instalación destinada a la prestación de los servicios públicos, a los propietarios o poseedores de predios dentro de los cuales se localice alguna fuga que no haya sido atendida oportunamente, no cumplir con los requisitos o las condiciones de uso eficiente del agua potable, utilizar el agua potable para lavar con manguera los vehículos, banquetas o la vía pública; así como aquellas que sin usarla lleven a cabo los actos señalados utilizando agua potable en cantidades que, a juicio del prestador de servicios resulten excesivas, son otras de las conductas que ameritan sanciones económicas a quienes incurran en estas violaciones.
Explicó que derivado de la reforma de la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas, y por instrucciones precisas del gobernador Américo Villareal Anaya, se puso en funcionamiento el Semáforo del Cuidado del Agua, el cual será el instrumento informativo, en el que se establecerán recomendaciones periódica para el consumo racional del vital líquido entre los usuarios de los servicios públicos, tomando en cuenta el monitor de sequía que publica el Servicio Meteorológico Nacional y la disponibilidad que se tenga de este suministro en las diferentes fuentes de abastecimiento.