Negaron indulto a El Toro

Opinión

Por Oscar Aldrete

La confirmación del retiro de la candidatura de Félix Salgado Macedonio por parte del INE. Fue en estricto apego a la narrativa del artículo 229 de la ley General de instituciones y procedimientos electorales. La redacción del art. En cita establece con caridad que, el precandidato ganador por un partido político, se le revocará la candidatura si no reporta en tiempo y forma los gastos erogados en la pre campaña. A los que no resultaron favorecidos por el partido postulante y no hayan cumplido con el reporte de gastos de pre campaña se les sancionará con una amonestación, y/o sanción económica… La sanción del retiro de la candidatura por incumplir con la comprobación de los gastas en comento no disminuye o se eleva en función del monto no comprobado, esto es, el supuesto infractor no puede argumentar jurídicamente en su defensa que, debe moderarse la sanción porque los gastos no comprobados son menores.
Se sanciona por el incumplimiento requerido en la ley, no por el monto no comprobado…..

Esta novela de la churru política_ electoral mexicana. Seguirá ahora en el evasivo y poco creíble TRIFE. Que resolverá de Manera definitiva la tan Manoseada y desacreditada candidatura «» del toro «». Félix salgado macedonio…
Por pronto el Consejo General del INE, emplazo al conflictivo partido denominado Morena a nombrar al nuevo candidat@ en un término de 48 hrs..

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