- Alfonso De León Secretario de Educación Sindical explica detalladamente pasos de la Reforma.
- El Congreso Nacional del SNTISSSTE será los días 22, 23 y 24 de febrero del presente año.
EL SINODAL DE TAMAULIPAS
Reynosa, Tam.– El Doctor ALFONSO DE LEÓN PERALES Secretario de Educación Sindical en el Comité Ejecutivo del SNTISSSTE, informó que inició el proceso para la elección de los Delegados que asistirán en representación de la base trabajadora al 2do. CONGRESO NACIONAL EXTRAORDINARIO con el único objeto de realizar la reforma al estatuto vigente del Sindicato de Trabajadores del ISSSTE.
La obligación para la organización es que este documento deberá ser homologado con los decretos del 1o. de mayo de 2019, mediante los cuales se reformaron los artículos 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional y, los artículos 371 y 373 de la Ley Federal del Trabajo y demás relativos y aplicables que conciernan por su exigencia legal.
El Secretario a nivel nacional dijo que si bien es cierto, que mientras en muchos aspectos políticos, sociales y económicos, el Gobierno Federal ha emprendido una cruzada transformadora; en el ISSSTE a diferencia, nos enfrentamos a un grave rezago en el cumplimiento de servicios y prestaciones.
Añadió: “aceptamos, que es imposible resolver todo en un solo tiempo, que hubo que tener paciencia, qué había en el orden de los pendientes, prioridades con más urgencia para la nación; pero también entendemos y estamos seguros que ya le toca al ISSSTE y a su derechohabiencia, de la cual formamos parte y, ya le toca al ISSSTE, reitero, porque también somos pueblo y porque también somos mexicanos”
DE LEON PERALES, en ese tenor, ve con mucho entusiasmo, que hayan sido convocados al Congreso Nacional Extraordinario del SNTISSSTE, que deberá llevarse a cabo los días 22, 23 y 24 de febrero del presente año 2022 en Oaxtepec, Morelos;
La participación de los trabajadores electos para asistir Congreso Nacional, será testimonial y de carácter histórico, porque ésta vez, será la última ocasión, que se convoque a presuntos delegados en representación de los trabajadores, este método no se verá más en futuras elecciones y/o revisiones de las Condiciones Generales de Trabajo.
Agregó que después de homologar el Estatuto a las leyes vigentes y obtener la aprobación de esta reforma por parte del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, seguramente será por allá del mes de abril; será hasta entonces y no antes, que se emitirá la convocatoria para la elección de la nueva dirigencia nacional y posteriormente las de las 48 secciones sindicales, que obligadamente por ley y en ese momento, ya también por el estatuto reformado… se llevarán a cabo, mediante el voto libre, personal, (sin intermediarios), directo y secreto; nunca más por elección de delegados.
Vale la pena recordar que el mencionado artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores del Estado, Reglamentaría del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, hasta antes de los decretos del 1ro. de mayo del 2019, consignaba textualmente lo siguiente:
“Artículo 69.- Todos los trabajadores tienen derecho a formar parte del sindicato correspondiente, pero una vez que soliciten y obtengan su ingreso, no podrán dejar de formar parte de él, salvo que fuesen expulsados.”
Actualmente, el mencionado artículo, ya vigente en la referida Ley Federal de los Trabajadores del Estado, quedó como sigue:
Artículo 69.- “Todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa.
El trabajador ejercerá en todo momento su libertad de asociación o individualidad.